Hoy, 23 de octubre de 2019, entra en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018:
Factores de riesgo psicosocial en el trabajo.
Esta norma tiene como objetivo, identificar y prevenir factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Su cumplimiento es obligatorio para todos los centros de trabajo del territorio nacional.
La norma tiene por nombre "Factores de riesgo psicosocial en el trabajo", pero...
¿Qué es un factor de riesgo psicosocial?
" Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado."
- Diario Oficial de la Federación
El cumplimiento de la norma es responsabilidad del patrón, pero también hay obligaciones para los trabajadores. Dentro de las responsabilidades/obligaciones del patrón están:
Política de prevención de riesgos.
Aplica a todos los centros de trabajo sin importar el número de trabajadores.
La declaración de principios y compromisos que establece el patrón para prevenir los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, y para la promoción de un entorno organizacional favorable, con el objeto de desarrollar una cultura en la que se procure el trabajo digno o decente, y la mejora continua de las condiciones de trabajo.
Identificar y analizar factores de riesgo psicosocial.
Aplica a centros de trabajo que tengan + de 16 trabajadores.
Las empresas que rebasen los 16 trabajadores deben cumplir con la Política de Prevención. Y también deberán identificar y analizar los siguientes factores:
Condiciones en el ambiente de trabajo
Cargas de trabajo
Falta de control sobre el trabajo
Jornadas y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo
Interferencia en la relación trabajo-familia
Liderazgo y relaciones negativas
Violencia laboral
Evaluar el entorno organizacional.
Aplica a centros de trabajo que tengan + de 50 trabajadores.
Las empresas que rebasen los 50 trabajadores deben cumplir con la Política de Prevención, la Identificación y Análisis de Factores de Riesgo Psicosocial. Y también deberán evaluar lo siguiente:
Sentido de pertenencia de los trabajadores
Formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas
Definición precisa de responsabilidades
Participación proactiva y comunicación con el patrón
Distribución adecuada de cargas de trabajo
Evaluación y reconocimiento del desempeño
¿Que hay de las micro empresas y PYMEs?
Para centros de trabajo en los que laboren hasta quince trabajadores deberán cumplir con lo dispuesto por los numerales 5.1, 5.4, 5.5, 5.7, 8.1 y 8.2 de la Norma.
Cómo estar listos para las vigilancias de cumplimiento:
En este año (2019), solo entrarán en vigor algunos numerales de la norma, los cuáles sugieren que debes hacer un plan de acciones preventivas de riesgos, con medidas como:
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Mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas y denuncias.
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Acciones que impulsen el apoyo social, difusión de la información y capacitación.
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Acciones que promuevan el sentido de pertenencia.
Te dejamos toda la información en la siguiente infografía, compártela con tus colaboradores y prepárense para las vigilancias que hará la Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
Fuente: Diario Oficial de la Federación
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